Circular 115/16 de 30/09/2016
Buenos días. Os expongo mis reflexiones con respecto a la circular.
1. En principio, a todos, excepto a Lucía, nos darán de alta automáticamente en el proceso de exenciones de comisiones. De todas formas, y visto lo visto, creo que no estaría mal que todos los comprobáramos (a partir del próximo día 6).
2. Tenemos que estar pendientes de cuando salga nuestro plan cero (David, por favor, ten alerta a tus contactos). Cuando esté disponible habrá que realizar gestiones en la propia oficina.
3. Entiendo que, aunque nos den de alta automáticamente en el convenio, la modificación del tipo de interés de la cuenta nos la tienen que hacer en la oficina. El extratipo es válido durante 6 meses. Supongo que la cuenta nos quedará al 1%.
4. A partir del 16 de octubre tendremos la posibilidad de contratar un plazo fijo. En la circular no se especifican las condiciones, pero, por lo que se había dicho, tendría un interés aproximado del 0,55 TAE. También, si se cumple lo que habían dicho, el plazo es por 12 meses y se puede renovar sólo una vez (es decir, en total 2 años). David, otra tarea, ¿podrías pedir a tus valiosos contactos que nos lo confirmaran? Gracias.
En base a lo anterior, las tareas a realizar son:
a. Comprobar que estamos en el convenio.
b. Solicitar el extratipo de la cuenta (o comprobar).
c. Estar pendientes del nuevo plan cero.
d. Después de 6 meses, abrir el plazo fijo (siempre que este sea del 0,55 y la cuenta del 1%).
e. A los 12 meses, renovar el plazo (si no aparece nada nuevo en el mercado).
f. A partir de ahí, habrá que buscarse la vida.
¿Qué os parece? ¿Veis algo distinto o tenéis alguna objeción/propuesta que hacer?
Un abrazo.
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