viernes, 29 de julio de 2016

Mensaje, convocatoria y susto

27/7/16 19:01:19: Diaz Joaquin: 

Buenas tardes.

Os cuento la última que me pasó (por cierto, veo que sólo me pasan cosas a mi).

Como ya os comenté, ayer estuve "pidiendo permiso" para irme unos días a Asturias. Pues bien, hoy a las 13:04 recibo un mensaje de ECYL en el que se me indicaba lo siguiente: "Se le cita el 10/08/2016 a las 13 horas, en Oficina de Empleo Ramón y Cajal 14-16. Sala de usos múltiples. Técnico responsable: María F.", siendo la fecha una comprendida en el período para el que había solicitado el permiso. 

Raudo y veloz cual gacela joven me persono en la Oficina de Empleo y me indican que hable con la tal María F., pero que no me preocupe ya que seguro que no había consultado lo del permiso (como veis, la informática de la Administración tiene largo recorrido de mejora). Pero la citada señora estaba ocupada. Otra compañera, muy amablemente, me preguntó si me podía ayudar y yo le conté toda la historia. Resultado: que al ser "primerizo" en la solicitud de empleo, convocan para explicar qué significa esa situación, qué servicios dan, qué obligaciones tenemos, etc. (esto hace que sea posible que recibáis todos una convocatoria similar). Pero que es "de asistencia voluntaria" (el mensaje, evidentemente, no lo dice) y que tomaba nota de mi DNI para indicárselo a la convocante. Que me fuera sin problemas.

Yo le dije que, ya que no podía asistir a dicha reunión y que podría ser interesante su contenido, si no habría otra. Me dio un folleto y me dijo que en él estaba todo lo que se explicaba en la citada reunión (¡¡!!).

Por último le pregunté si podía, durante el tiempo que estuviera fuera, recibir nuevas convocatorias. Me dijo que era muy improbable. Lo que sí podía recibir, aunque también "era improbable" eran ofertas de empleo  ya que el permiso me lo concedieron "con intermediación" (lo pone en la nueva cartilla que me dieron). Si hubiese sido "sin intermediación" no recibiría nada. Ante esto mi pregunta fue que si recibía alguna oferta qué hacía. Me dijo que llamase al teléfono de la oficina (también lo pone la cartilla) y que explicará el caso.

Y eso fue todo.


Saludos.

Vacaciones paro y aprobación de la prestación

26/7/16 18:16:59: Diaz Joaquin: 
Buenas tardes.

Voy a relataros mi actividad de hoy por si fuera de interés para alguien.

He estado en la oficina del paro para "pedir permiso" para ir unos días a Asturias. Me confirmaron la conveniencia de solicitarlo. El trámite es rápido y sencillo. Hay que "coger turno" en la máquina como la primera vez que fuimos y para la misma causa. (OJO, (¡David!) si es para el extranjero, hay que hacerlo en las mesas de solicitud de prestación contributiva y, por tanto, hay que pedir vez previa vía internet). Te piden la fecha de regreso (la de inicio del proceso es la fecha de solicitud, no se puede pedir hoy para marchar, por ejemplo, dentro de 3 días, es decir, se  pide hoy para marchar hoy) y te dan una nueva tarjeta del paro (te piden que rompas la anterior) que tiene una única fecha de renovación que es la fecha que has indicado de regreso. Ese día hay que acudir de nuevo a la oficina para renovarla. Con ello te darán otra "nueva" tarjeta ya con las nuevas fechas de renovación.

Aprovechando mi estancia en la oficina, y como no he recibido aún el documento de aprobación de la prestación, le he comentado a la funcionaria que todavía no había recibido la carta, que lo veía aprobado por internet y que quería dejar cerrado el trámite de entregarla a la empresa antes de irme. Me dijo que eso lo hacían los de "la prestación contributiva" y, por tanto, necesitaba cita previa. De todos modos me dijo que me acercara al despacho del director y que le comentara el tema. Lo hice, me dio una copia del documento (me dijo que la carta también me llegaría cuando correspondiera) y me fui, no sin antes agradecerle el detalle (ante todo, buena educación).

Con el papel me acerqué al Portillo y se lo entregué a Delfín. Se quedó con una copia del mismo y me indicó que me enviaría el convenio con la Seguridad Social para que lo firmara, pero que no esperara nada antes de septiembre.

Aproveché para saludar a la gente. Los que habían aceptado Ronda en primera convocatoria ya tienen fecha de incorporación. El resto sigue a la espera y ya un poco desesperados.

Luego, descansé.


Saludos.

Viaje al extranjero

Viaje al extranjero

No sé si lo sabéis y/o os afecta pero por si acaso os lo comento. Se supone que mientras estemos cobrando el paro no podemos salir al extranjero más que 15 días al año y avisando previamente. Para estancias más largas, hasta 90 días, creo que te descuentan la parte proporcional de la prestación. Como el martes tenemos cita para la segunda parte del paro en el SEPE, procuraré completar la información y os la traslado. 
En mi caso es importante porque tengo a mi hijo viviendo en Francia. Y pensaba ir a visitarle con frecuencia. :/

Seguiremos informando.


Plan de pensiones Caja

Plan de pensiones caja  (Gracias, Joaquín)

Ante la suerte de la inesperada aparición de un hueco en mi actual ajetreada y apretada agenda y la casualidad de, en ese momento, estar cerca de Sta. Nonia, me decidí a entrar en las dependencias de Caja España Vida para intentar ir cerrando alguna de las dudas que tenía al respecto del Plan de Pensiones.

Me ha atendido Soraya Ceruelo. Lo que me dijo fue:

  1. El período que tenemos para solicitar el rescate "vinculado al ERE" es dos años después del inicio de este.
  2. Si el rescate lo vinculamos a "paro de larga duración", no tenemos límite para la solicitud y las condiciones que debemos de cumplir para ello serían:
    • Entregar una carta de solicitud en la que se exponga el motivo y el modo en que se quiere realizar el rescate (indicar el DNI y la cuenta de abono).
    • Certificado de que no se tiene ninguna percepción contributiva (habrá que solicitarlo en la oficina del Paro).
    •  Informe actualizado de la vida laboral.
      • Esto se tendrá que entregar en una oficina o en las dependencias de Caja España Vida (o como se llame en su momento).
      • OJO. Recordar que el rescate se debe de solicitar 3 meses antes de la fecha en que se desee disponer del dinero.
  3.  Me indicó que, en el momento actual, no existe límite temporal para la deducción del 40% de los importes aportados hasta el 31/12/2006 (recordar que César Mourín había indicado la posibilidad de que esa deducción no fuese posible realizarse más allá del 31/12/2019). Con respecto a esto es conveniente que recordemos que la deducción sólo se puede hacer en un ejercicio fiscal, es decir, si tenemos 100 aportados antes del 31/12/2006 y realizamos un rescate de 70, sobre estos sí podremos aplicar el 40% pero, cuando rescatemos los restantes 30 (si ya lo hacemos en otro año) ya no tendrán derecho a dicha deducción.
  4.  También me indicó que, actualmente, el plan está de nuevo en positivo.



Saludos

Gestiones paro 2: Solicitud Prestación

Gestiones paro 2 (Gracias, Joaquín)

Os expongo las acciones que realizamos Ángeles y yo (coincidimos en la oficina de empleo) para solicitar la prestación contributiva.

  1. Hay que solicitar vez (http://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/distributiva_prestaciones.html). Tanto Ángeles como yo la habíamos solicitado el pasado día 6 y nos dieron para hoy (día 12).  Deberemos de pedir cita una vez tengamos agotadas las vacaciones (ojo, días naturales y a partir de este momento recordar que tenemos 15 días para hacerlo)
  2.  Una vez en la oficina (recordar que si entráis por la puerta de la calle Era del Moro, accedéisdirectamente a la zona donde se realiza esta gestión) toca esperar a que salga nuestro número.   
  3.  Si podéis, llevar el documento correspondiente cubierto ( "solicitud de prestación contributiva" que aparece en la página http://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/distributiva_prestaciones.html  después de seleccionar la opción "me he visto afectado por un ERE o un ERTE" (recalco: documento de prestación "contributiva")). También se puede hacer allí (en ese caso recordar llevar el número de cuenta en el que queréis que se ingrese la prestación). También, los que  queráis hacer constar a los hijos, deberéis llevar el libro de familia (esto en todo caso, con el documento ya cubierto o sin el).
  4.  En la oficina os entregarán una copia del documento anterior sellada.
  5.  A partir de aquí hay que esperar a que nos llegue la carta de resolución de la solicitud. Indican que suele tardar unas dos semanas. En ella se expone la cantidad a cobrar (recordar que podéis realizar una simulación desde la página https://sede.sepe.gob.es/dgsimulador/introSimSimuladorPregunta1.do) y es el documento que deberemos presentar a la Empresa para que cierre el convenio especial con la Seguridad Social.
  6.  El pago se realizará entre los días 10-15 del mes y corresponde siempre al mes anterior. Todos los meses se consideran de 30 días.
  7.  Una cosa que nos comentaron en relación a la cartilla del paro es que, la primera vez que toque renovar, que es conveniente hacerlo presencialmente.



Saludos.

Nota informativa - Fiscalidad de las indemnizaciones derivadas de despido colectivo


Organizacion EspañaDuero/GEN/CEISS
31/05/2016 14:02

Para  

/USR/CEISS@UNICAJA

cc  


cco  


Asunto  

Nota informativa - Fiscalidad de las indemnizaciones derivadas de despido colectivo


A continuación se detalla la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los trabajadores afectados por el despido colectivo.

A las indemnizaciones percibidas por bajas voluntarias o forzosas se les aplica la exención a la indemnización correspondiente al despido improcedente: 
    • 45 días por año de servicio, por el tiempo transcurrido desde el alta en la empresa hasta el 12 de febrero de 2012. 
    • 33 días por año de servicio, por el tiempo de prestación de servicios desde el 12 de febrero de 2012 hasta la fecha de baja.
En ningún caso la cuantía exenta superará las 42 mensualidades, ni el límite máximo de 180.000 euros. Al exceso de la indemnización percibida sobre la cuantía exenta le resultará de aplicación la reducción del 30%, siempre que el periodo de tiempo trabajado para la empresa sea superior a 2 años.

Las compensaciones por movilidad geográfica tributarán como rendimiento de trabajo irregular al que será de aplicación la reducción del 30% de dicho importe. 

El importe del convenio especial con la Seguridad Social abonado por el Banco no tiene incidencia en el IRPF del trabajador.

El importe percibido por el desempleo es rendimiento del trabajo regular que tributa sin ninguna particularidad. Existe obligación de declarar si: 
    • El importe percibido de un único pagador supera 22.000 euros anuales. 
    • El importe percibido de varios pagadores supera 12.000 euros anuales y lo percibido del segundo y siguientes pagadores por orden de importe supera a su vez los 1.500 euros.

Consultas: 9231-Asesoría Fiscal.

Inscribirse (apuntarse) al paro

11/7/16 10:11:56: Diaz Joaquin:
Buenos días.

Os comento el tema de "Inscribirse (apuntarse) al paro".

  1. Lugar. Oficina de Ramón y Cajal / Era del Moro para todos aquellos que tengan un código postal distinto del 5 y del 6. También deberán acudir a esta ubicación los de San Andrés. El resto deberán acudir a la oficina de La Serna (calle Ciudad de Puebla).
  2.  En la oficina de Ramón y Cajas / Era del Moro. Entrando por la puerta de Ramón y Cajal se encuentra la máquina para solicitar gestión. Coger número para "Inscribirse (apuntarse) demandas de empleo" (Turno: DXXX) y esperar a que nos llamen.
  3. Nos pedirán DNI, causa del desempleo (ERE de Exención) y Empresa.
  4. Con la cartilla que nos den, y con el mismo número, nos indicarán que esperemos de nuevo a que nos llamen. En esta nueva "ventanilla" nos solicitarán datos para completar el expediente. Años y cargo en la empresa, titulación, idiomas, carnet de conducir  ... (Yo llevé una copia de una nómina y una fotocopia del título universitario. También sirve un certificado de vida laboral).
Con esto te vas ya con la cartilla. En la  misma aparece una dirección Web y un PIN que nos va a permitir realizar la gestión de renovación vía Internet (también se puede descargar una App para el móvil y realizar esas gestiones desde la misma). Las fechas previstas de renovación aparecen en la propia cartilla. Comentaron que, una vez realizada la gestión para el cobro, las fechas podrían cambiar. De todas formas, al acceder por Internet se ven las fechas efectivas de renovación  (las originales de la cartilla o las nuevas).

Para la siguiente gestión que debemos hacer (solicitud de prestación contributiva), deberemos de pedir cita, una vez tengamos agotadas las vacaciones (ojo, días naturales y a partir de este momento recordar que tenemos 15 días para hacerlo). Cuando nos den la vez, en vez de entrar a la oficina por Ramón y Cajal, lo podemos hacer por la calle de Era del Moro ya que accedemos directamente a la zona en donde debemos realizar dicha gestión.

Según me comentaron suelen dar cita para dos/cuatro días después.

Otra cosa que me dijeron es que el documento de "solicitud de prestación contributiva" que aparece en la página http://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/distributiva_prestaciones.html después de seleccionar la opción "me he visto afectado por un ERE o un ERTE" se puede llevar ya cumplimentado o se puede hacer allí (recalco: documento de prestación "contributiva").

Saludos.

Presentación

La idea de publicar este blog proviene del grupo de afectados salientes en junio de 2016 que agrupados en WhatsApp empezamos a intercambiar información y experiencias.
Entendemos que es más operativo tener la información accesible en este blog (que andar recorriendo las interminables listas de mensajes de WhatsApp). Aquí, además, añadiremos enlaces a páginas interesantes de los organismos oficiales y de otros colectivos afines.